RECLAMACIONES
Para formular reclamaciones contra empresas o establecimientos turísticos de la Región de Murcia, se deberán rellenar las hojas de reclamaciones que estarán a su disposición en los establecimientos donde se han producido los hechos.
Las hojas de reclamaciones constan de tres copias: una para el establecimiento turístico, otra para el interesado y otra que se enviará al Instituto de Turismo de la Región de Murcia. No obstante, también se admiten las hojas de reclamaciones descargadas de Internet, así como las que se redacten en cualquier formulario, incluso en una carta manuscrita u hoja de papel, donde se explique la queja en cuestión.
En las hojas de reclamaciones, firmadas, deberá constar: nombre, dirección y localidad, código postal y teléfono del reclamante, un relato de hechos con indicación de la fecha en la que sucedieron, así como los datos del reclamado (nombre y dirección). Es preciso adjuntar fotocopia de toda la documentación acreditativa de la que el reclamante disponga.
La copia de la hoja de reclamaciones podrá remitirse a este Instituto de Turismo por varias vías:
1.- A través de los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que integran la Administración Local.
2.- A través de la red de oficinas corporativas de atención al ciudadano existentes en la ciudad de Murcia y en los distintos municipios de la Región.
3.- A través del correo ordinario o certificado dirigido al Instituto de Turismo de la Región de Murcia (Avda. Juana Jugán, 2. Edificio CCT. Murcia. C.P 30006) o mediante su presentación en la sede de este organismo.
Presentada la reclamación ante este Instituto el reclamante será informado, por escrito, de la decisión adoptada y, si procediese, también de la sanción impuesta a la empresa turística denunciada.
El Instituto de Turismo podrá, en su caso, sancionar a las empresas turísticas pero no es competente para indemnizar económicamente el reclamante. Para obtener resarcimientos económicos deberá dirigirse a los Tribunales de Justicia, o solicitar expresamente el arbitraje ante la Dirección General de Consumo, si bien el establecimiento reclamado decidirá si se adhiere al mismo o no.
DOCUMENTOS DE INTERÉS:
> Cartel anunciador Existencia Hojas de Reclamaciónes
Descargar cartel en PDF
> Hojas de reclamaciones
Descargar documento en PDF
Para reclamaciones sobre materias en las que no tiene competencia el Instituto de Turismo de la Región de Murcia:
Respecto al sector de restauración podrá reclamar ante la Dirección General de Consumo, en Avda. Ronda Levante, 11, 30008-Murcia.
En relación con compañías aéreas se deberá reclamar directamente a la compañía aérea y, en su caso, a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (División de Calidad y Protección al Usuario) sita en Avda. General Perón, 40. Acceso B. 28020-Madrid o mediante el siguiente correo electrónico sau.aesa@seguridadaerea.es
Reclamaciones
¿Tienes una reclamación turística?
En la Región de Murcia queremos que tu experiencia sea lo más satisfactoria posible. Pero si algo no ha salido como esperabas, aquí te explicamos cómo presentar una reclamación de forma clara, rápida y completamente online (¡o en papel, si lo prefieres!).
¿Qué es una hoja de reclamación?
Es el documento oficial que puedes rellenar si has tenido algún problema con un establecimiento turístico.
Consta de tres copias:
o Una para el establecimiento.
o Una para ti, el usuario.
o Y una tercera que se remite al Instituto de Turismo de la Región de Murcia (ITREM).
Documentos para descargar:
> Cartel anunciador Existencia Hojas de Reclamaciónes
Descargar cartel en PDF
> Hojas de reclamaciones
Descargar documento en PDF
¿Cómo presentar tu reclamación online?
Puedes hacerlo de forma totalmente digital desde nuestra Sede Electrónica del ITREM.
Pasos:
1. Rellena el formulario electrónico.
2. Adjunta documentos adicionales si los necesitas (hasta 10¿MB).
3. Firma con tu certificado digital o a través del sistema Cl@ve.
4. Envía el formulario y recibirás un PDF con tu justificante de registro (fecha, hora y número de entrada).
Si la sede electrónica da error, también puedes presentar la reclamación en el Registro Electrónico Común del Estado (REC), indicando el código del ITREM.
¿Quién tramita la reclamación y en cuánto tiempo?
¿ Se encarga la Oficina de Ordenación Turística del ITREM.
El plazo máximo de respuesta es de 1 mes:
o Si no hay indicios de infracción, se archiva.
o Si procede, se abre un expediente sancionador.
Y después qué.
- Recibirás un justificante electrónico en PDF.
- Puedes consultar el estado del expediente online en cualquier momento.
- Si no recibes respuesta en el plazo, se considerará caducado por silencio administrativo.
Ventajas del sistema
- Transparente: siempre sabrás en qué fase está tu reclamación.
- Rápido: todo el proceso se resuelve en un mes o menos.
- Digital: sin colas, sin papeles, sin complicaciones.
- Alternativas: puedes presentar en papel o a través del REC si lo necesitas.
Resumen rápido
Presentación: Online o en papel (PDF descargable)
Tramitación: Evaluación en máximo 1 mes
Justificante: Recibo en PDF con registro oficial
Seguimiento: Consulta en sede electrónica del ITREM